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Presentan propuesta de ley sobre licencias laborales por duelo parental y gestacional

Un grupo de legisladores de la Cámara de Diputados, pertenecientes a diversas agrupaciones políticas, presentó un proyecto de ley denominado “Que aprueba permisos por duelo parental y otros permisos parentales”, con el propósito de establecer licencias específicas para padres que enfrentan la pérdida de un hijo durante la gestación, el parto o en los primeros meses de vida. Asimismo, propone la aplicación del protocolo «Código Mariposa» en centros de salud, con el fin de mejorar la atención a familias que atraviesan estos duros momentos.

De acuerdo con los fundamentos de la iniciativa, la propuesta responde a las estadísticas del Instituto Nacional de Estadística (INE), que anualmente reporta entre 350 y 450 fallecimientos de menores de un año, evidenciando la necesidad de cubrir vacíos normativos en lo referente al duelo y sus repercusiones.

Licencias según el período de gestación

El proyecto establece distintos períodos de licencia laboral en función de la etapa en la que ocurre la pérdida:

  • Dos semanas para fallecimiento fetal temprano (hasta la semana 22 de gestación).
  • Cuatro semanas para fallecimiento fetal intermedio (entre las semanas 23 y 28).
  • Ocho semanas para fallecimiento fetal tardío (desde la semana 29) o muerte neonatal (hasta los cuatro meses de vida).

Además, otorga a los padres trabajadores un permiso especial de dos semanas con salario íntegro.

Implementación del «Código Mariposa»

La normativa prevé la obligatoriedad del «Código Mariposa», un protocolo que incluye la capacitación de profesionales de la salud, la habilitación de espacios adecuados para familias en duelo y el acceso a apoyo psicológico especializado.

Permiso parental compartido y sanciones

El texto también introduce la figura del “permiso parental compartido”, que permite a los padres dividir entre sí las últimas ocho semanas de la licencia maternal, siempre que cumplan ciertos requisitos y no cuenten con antecedentes de violencia familiar o incumplimiento de pensión alimentaria.

En caso de incumplimiento por parte de los empleadores, se prevén sanciones de hasta 100 jornales mínimos, aumentando a 150 jornales en caso de reincidencia. La supervisión y aplicación de estas disposiciones quedará a cargo del Ministerio de Trabajo.

El proyecto fue ingresado al circuito legislativo y remitido para su análisis a las comisiones de Legislación y Codificación; Justicia, Trabajo y Previsión Social; Salud Pública; y Equidad Social e Igualdad de Derechos del Hombre y la Mujer. Mañana miércoles, se realizará una audiencia pública donde se conocerán mas detalles sobre el proyecto.

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